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Por lo tanto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: 1. CON LUGAR la demanda intentada por ANDRÉS ANTONIO MAÍZ contra JULIO MANGER BARBERA ÑAÑEZ, por la pretensión de RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE COMPRA VENTA DEL VEHÍCULO: marca Jeep, modelo Grand Cherokee, clase camioneta, año 1999, color azul, placas BAM14L, uso particular, serial del motor 8CIL, serial de la carrocería 8Y4GW68FFX1902839. 2. CON LUGAR la demanda intentada por ANDRÉS ANTONIO MAÍZ contra JULIO MANGER BARBERA ÑAÑEZ, por la pretensión de daños y perjuicios por la cantidad de TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs. 30.000,oo), que debe devo...
DECISIÓN Por todo lo antes señalado este Tribunal de PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES SEPTIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a decidir en los siguientes términos PRIMERO: Se NIEGA LA ENTREGA del vehiculo Placa ASX738. Marca TOYOTA. Modelo SAMURAY. Tipo SPOR-WAGON. Uso PARTICULAR. Año 1983. Color BEIGE. Clase CAMIONETA. Serial de Carrocería FJ60067468 (FALSO). Serial del Motor ZF718347 (FALSO)., al ciudadano RAFAEL EDUARDO SERRANO, titular de la cédula de identidad Nº 13.035.222, ya que el documento que reposa en la Notaria Publica Primera de Maracay Estado Aragua, inserto en el Nº 05, Tomo Nº 171, de fecha 30-05-2002, es un contrato de fianza de AFIANZADORA MA...
... Nº 13.035.222, consigna documento de compra venta del vehiculo en cuestión, lo cual riela al ...
CAPITULO CUARTO. DECISION. Por lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS RIVAS DAVILA Y PADRE NOGUERA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO; DEBIDAMENTE RECONOCIDO EL DOCUMENTODE COMPRA-VENTA, DE UN VEHICULO USADO MODELO: AVEO; MARCA: CHEVROLET; AÑO: 2.007; COLOR: BEIGE; TIPO: COUPE; PLACA: AGE44U; por la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (Bs.F. 40.000,00) según Documento otorgado por ante la Oficina de Registro Público con funciones Notariales del Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado, el veinticuatro (24) de Octubre de dos mil siete (2007). SEGUNDO: SE LE DA FUERZA EJECUTIVA AL REFERIDO DOCUMENTO DE COMPRA-VENTA, RELACIONADO CON VEN...
CAPITULO CUARTO. DECISION. Por lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS RIVAS DAVILA Y PADRE NOGUERA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO; DEBIDAMENTE RECONOCIDO EL DOCUMENTO PRIVADO, NULIDAD DE CONTRATO VERBAL DE COMPRA-VENTA DE UN VEHICULO DE LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: MARCA: FORD; MODELO: F-350 4X2EFY-F350; COLOR: BLANCO; AÑO: 2011; CLASE: CAMIÓN; TIPO: PLATAFORMA /BARANDA/ TUBERIA; USO: CARGA; SERIAL DE CARROCERIA: 8YTWF36C3BA29229; SERIAL DEL MOTOR: BA29229; POR LA CANTIDAD DE TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,00), de fecha Veinticuatro (24) de Abril de dos mil doce (2012). SEGUNDO: SE LE DA FUERZA EJECUTIVA AL REFERIDO DOCUMENTO PRIVADO, RELACIONAD...
Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que correspondan a terceros; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA BASTANTES Y SUFICIENTES DICHAS ACTUACIONES, PARA ASEGURARLE al ciudadano LUIS SEGUNDO GONZALEZ RIVAS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad N°. 10.878.083, TITULO SUPLETORIO SOBRE SUS DERECHOS DE PROPIEDAD sobre un Vehículo automotor que presenta las siguientes características: Marca: TOYOTA; Clase: CHASIS CON CABINA; Tipo: ESTACAS; Año: 1979; Color: MARRÓN TABACO;...
...; Color: MARRÓN TABACO; Placa: RAJ-755; Modelo Vehículo: FJ45-RPK3; Serial del Motor: 2f-345347;..., adminiculados con el documento de venta protocolizado por ante la Oficina de Registro Inmo... según se evidencia de documento de compra venta expedido por ante la Oficina de Registro Inm...
Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO VERBAL DE COMPRA VENTA incoara el ciudadano CARLOS MARIO SALABARRIA CASTILLO contra la SOCIEDAD MERCANTIL MATERIALES CARONI C.A., y en consecuencia se condena a la parte demandada, la sociedad mercantil MATERIALES CARONI C.A., a entregar el bien mueble objeto de la venta, CONFORMADO POR EL VEHÍCULO DE LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: MARCA CHEVROLET; PLACAS: GCY14N; MODELO: OPTRA; AÑO: 2007; COLOR: GR...
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PROCEDENTE la CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, ciudadano DOUGLAS OSWALDO ESCALONA CASTRO, plenamente identificado en el presente fallo. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por Resolución de Contrato de Opción de Compra-Venta, incoada por el ciudadano MARIO RENÉ LAYA MENDOZA, contra el ciudadano DOUGLAS OSWALDO ESCALONA CASTRO, ambas partes suficientemente identificados, y como consecuencia de ello declara Resuelto el Contrato de Opción de Compra- Venta, según contrato privado escrito sobre un vehículo e...
... características: MARCA: Chevrolet; MODELO: Corsa; PLACAS: GBV12X; COLOR: Azul: AÑO: 2002; S...
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN de CONTRATO DE VENTA propuso el abogado en ejercicio RUFINO ANTONIO MONTIEL CASTILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 28.995 y de este domicilio, en representación del ciudadano JORGE EDGARDO SOLANO PADILLA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. 13.975.360 y de este domicilio, contra el ciudadano DOMENICO CARMINE CARUCCI SALVAGGIO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. 10.629.558 y de este domicilio. En consecuencia, se declara n...
... lugar la solicitud de devolución del vehículo. . En fecha nueve (09) de abril de 2007, se agreg... características: MARCA: CREVROLET, MODELO: BLAZER 4 x 2, TIPO: SPORT – WAGON, CLASE: CAMIO..., manifestándole la intención de comprar el vehículo de su propiedad, antes descrito, por ...
En virtud de lo antes expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano MANUEL ALONSO RAMIREZ GIRALDO contra el ciudadano ANDRES JOSE MEDINA SUAREZ, ambas partes identificadas en autos, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE VENTA CON PACTO RETRACTO. SEGUNDO: En consecuencia se ordena, a la parte demandada perdidosa proceder a otorgar el instrumento definitivo por notaria publica, de compra venta sobre el vehiculo Marca: DAIHATSU, Clase: AUTOMOVIL, Modelo: TERIOS AUTOMATICO, Color: AZUL PARIA, Tipo: SPORT WAGON, Serial de motor: 4 CILINDROS, Se...
Por los razonamientos y consideraciones que anteceden, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la demanda por INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO VERBAL DE COMPRA-VENTA CON FACILIDADES DE PAGO del vehículo TIPO: camión, MODELO: cabina, MARCA: Ford, COLOR: verde, PLACA: 663-XLH, CAPACIDAD: 2.740, SERIAL DEL MOTOR: I 6 CIL, SERIAL DE CARROCERÍA: AJF3RP13654, incoada por el ciudadano NEEDHAM JOSÉ MÉRIDA contra la Sociedad Mercantil AGUA CLARITA, C.A. y (DISTRIBUIDORA MOCLAR, S.R.L).
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