jurisdiccion laboral venezuela

  • Recibir alertas:
  • por email
    Sus datos serán incorporados a un fichero automatizado con el objeto exclusivo de dar respuesta a su suscripción. Dicho fichero es de titularidad exclusiva de vLex Networks, S.L. y no será cedido a un tercero en ningún caso. El envío de su solicitud significa una aceptación de la Política de Protección de Datos de vLex Networks, S.L.
  • por RSS

Más de 10.000 documentos para jurisdiccion laboral venezuela
  • DECISION Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO DECIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA FALTA DE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de homologación de la transacción laboral suscrita por el ciudadano OMAR PALLAREZ PABA y la Sociedad Mercantil PEPSI –COLA DE VENEZUELA C.A.; correspondiendo su conocimiento a la Inspectoría del Trabajo. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo. TERCERO: Ordena la remisión inmediata de los autos, a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de la C...

  • En base a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Su Incompetencia Sobrevenida para conocer del Recurso de Nulidad interpuesto por el ciudadano Camilo Mata, debidamente asistido de abogado contra el Acto Administrativo de Efectos Particulares contenido en la Providencia Administrativa Nº 127-2008, de fecha 03 de Marzo de 2008, dictada por la Inspectoría del Trabajo Alberto Lovera del Estado Anzoátegui, que declaró Con Lugar la Calificación de Falta contra el ciudadano Camilo Mata, incoado por la Sociedad Mercantil Fertilizantes Nitrogenados de Venezuela. Segundo: Se declina la...

    ... en vigencia la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, concebida como un cuer..., con ocasión de una relaciòn laboral regulada por la Ley Orgànica del Trabajo. “ . D...

  • DECISION Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO DECIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA FALTA DE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de homologación de la transacción laboral suscrita por el ciudadano AZAEL DE JESUS CRESPO ROMERO y la Sociedad Mercantil PEPSI –COLA DE VENEZUELA C.A.; correspondiendo su conocimiento a la Inspectoría del Trabajo. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo. TERCERO: Ordena la remisión inmediata de los autos, a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, a los fin...

  • DECISIÓN Por las consideraciones antes señaladas, este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, Maracay, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA FALTA DE JURISDICCIÓN DEL JUEZ PARA CONOCER DE LA PRESENTE DEMANDA, con base a lo estipulado por los Artículos 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil así como el artículo 26 y 257 de la Constitución vigente y en consonancia con el Artículo 177 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo, es decir, los jueces de instancia deberán acoger la doctrina de casación establecida en casos análogos para defender la integridad de la legislación y la uniformidad de la jurisprudencia, se ordena remitir las p...

  • En base a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Su Incompetencia Sobrevenida para conocer del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad incoado por el abogado Jhonnathan Salazar, inscrito en el IPSA bajo el Nº 81.130, apoderado judicial del ciudadano Julio Jaramillo, contra la Providencia Administrativa Nº 864-05, de fecha 30 de octubre de 2003, dictada por la Inspectoría del Trabajo de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, mediante la cual declaró Sin Lugar la solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos, incoada por el ciudadano Julio Jaramillo, titular de la cedula ...

    ... en vigencia la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, concebida como un cuer..., con ocasión de una relación laboral regulada por la Ley Orgánica del Trabajo. “ . D...

  • Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: COMPETENTE los Tribunales de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Jurisdicción Laboral para conocer de la demanda por motivo de DISOLUCIÓN DE LA MATRICULA SINDICAL por la demanda incoada por los ciudadanos LUIS FELIPE RAMOS JASPE y FRANCISCO MIGUEL UNAMUNO VITALE actuando en su carácter de Director Gerente y Director Principal respectivamente de la empresa TRANSPORTE QUIMICOS, TRANSQUÍMICOS, S.R.L. contra el SINDICATO NACIONAL UNITARIO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DEL TRANSPORTE ...

  • ...este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA FALTA DE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de homologación de la transacción laboral suscrita por el ciudadano FRANKLIN JESUS RINCÓN SANCHEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número: 16.489.741, asistido por la abogada CILENA MERCEDES RAMIREZ GUZMÁN, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número: 16.825.123, inscrito en el I.P.S.A., bajo el No. 118.637 y la Sociedad Mercantil CEMEX VENEZUELA, S.A.C.A.; debidamente identificada en dicha solicitud; y repr...

  • DECISION Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO DECIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA FALTA DE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de homologación de la transacción laboral suscrita por el ciudadano JOSÉ RODRIGUEZ y la Sociedad Mercantil C.A. FABRICA DE HIELO EL TORO; correspondiendo su conocimiento a la Inspectoría del Trabajo. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo. TERCERO: Ordena la remisión inmediata de los autos, a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de la Consu...

  • Por virtud de las anteriores consideraciones, este JUZGADO DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA FALTA DE JURISDICCION DEL PODER JUDICIAL PARA CONOCER DE LA PRESENTE SOLICITUD y actuando de conformidad con lo establecido en los artículo 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil, se ordena remitir las presentes actuaciones a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de que conozca de la consulta obligatoria. Líbrese Oficio.

  • En base a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Su INCOMPETENCIA SOBREVENIDA para conocer del Recurso de Nulidad, interpuesto por el ciudadano Héctor Carrera León, ya identificado en autos, contra la Providencia Administrativa Nº 42-03, de fecha 25 de Octubre de 2004, dictada por la Inspectoría del Trabajo de El Tigre y San Tomé del Estado Anzoátegui, que declaró No Ha Lugar la Solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos, contra la empresa Schlumberger Venezuela, S.A. Segundo: Se declina la competencia para conocer del presente asunto en la Jurisdicción Laboral ordinar...

ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2013, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex Venezuela

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía