importacion impuesto
- Versión original Decreto Nº 4.552, mediante el cual se establece las exoneraciones de impuestos de importación, impuesto al valor agregado y tasa por determinación del régimen aduanero a las mercancías y sectores que en él se señalan
- Decreto Nº 4.080, mediante el cual se exonera hasta el 30 de junio de 2020, del pago del Impuesto al Valor Agregado, Impuesto de Importación y la Tasa por Determinación del Régimen Aduanero, en los términos y condiciones previstos en este Decreto, a las importaciones definitivas de bienes muebles corporales, nuevos o usados, en cuanto sea aplicable, realizadas por los órganos y entes de la Administración Pública Nacional, así como las realizadas con recursos propios, por las personas naturales o jurídicas, clasificados en los códigos arancelarios señalados en el Apéndice I que forma parte integrante de este Decreto
- Vigente Decreto Nº 4.552, mediante el cual se establece las exoneraciones de impuestos de importación, impuesto al valor agregado y tasa por determinación del régimen aduanero a las mercancías y sectores que en él se señalan
- Decreto No 4.683, mediante el cual se establece las exoneraciones de impuestos de importación, impuesto al valor agregado y tasa por determinación del régimen aduanero a la importación de las mercancías señaladas en el Capítulo II de este Decreto
- Decreto Nº 4.412, mediante el cual se establece las exoneraciones de impuestos de importación, impuesto al Valor Agregado y tasa por determinación del regimen aduanero a las mercancías y sectores señalados en el Capítulo II de este Decreto
- Decreto N° 4.767, mediante el cual se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado, Impuesto de Importación y Tasa por Determinación del Régimen Aduanero, así como de cualquier otro impuesto, tasa o contribución aplicable de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente, en los términos y condiciones establecidos en este Decreto, a las importaciones definitivas y las ventas realizadas en el territorio nacional de combustibles derivados de hidrocarburos, así como los insumos y aditivos destinados al mejoramiento de la calidad de la gasolina, realizadas por el Estado directamente, o por empresas de su exclusiva propiedad, o por empresas mixtas con participación del capital estatal y privado en cualquier proporción y por empresas privadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos
- Decreto Nº 4.711, mediante el cual se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto de Importación y Tasa por Determinación del Régimen Aduanero, en los términos y condiciones previstos en este Decreto, a las importaciones deinitivas de bienes muebles corporales realizadas por los Órganos y Entes de la Administración Pública Nacional, destinados a Fortalecer los Sistemas de Producción y Distribución de Agua Potable a Nivel Nacional, a través del Ministerio del Poder Popular de Atención de las Aguas, que en él se señalan
- Decreto N° 3.551, mediante el cual se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado, Impuesto de Importación y Tasa por determinación del régimen aduanero, en los términos y condiciones previstos en el presente Decreto, a las operaciones de importación definitiva de bienes muebles corporales realizadas por el Consejo Nacional Electoral (CNE), así como las ventas nacionales de bienes muebles corporales que se efectúen a dicho Órgano, estrictamente necesarias para la realización de los procesos electorales que en él se señalan.
- Decreto N° 4.619, mediante el cual se establece las exoneraciones de impuestos de importación, impuesto al valor agregado y tasa por determinación del régimen aduanero a las mercancías y sectores que en él se señalan
- Decreto N° 4.604, mediante el cual se establece las Exoneraciones de Impuestos de Importación, Impuesto al Valor Agregado y Tasa por Determinación del Régimen Aduanero a las mercancías y sectores que en él se señalan
- Resolución mediante la cual se incorpora al Apéndice I que forma parte integrante del Decreto N° 4.757, de fecha 29 de diciembre de 2022, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.727 Extraordinario, de la misma fecha, los Códigos Arancelarios que en ella se mencionan, a los efectos de la exoneración del pago del Impuesto de Importación e Impuesto al Valor Agregado
- Decreto N° 4.504, mediante el cual se establece las Exoneraciones de Impuestos de Importación, Impuesto al Valor Agregado y Tasa por Determinación del Régimen Aduanero a las mercancías y sectores que en él se señalan.-(Se reimprime por fallas en los originales)
- Decreto N° 3.547, mediante el cual se exonera hasta el 31 de diciembre de 2019, el pago del Impuesto de Importación y Tasa por determinación del régimen aduanero, en los términos y condiciones previstos en este Decreto, a las importaciones definitivas que en él se señalan.
- Decreto N° 3.834, mediante el cual se exonera el pago del Impuesto al Valor Agregado, Impuestos de Importación y Tasa por determinación del régimen aduanero, en los términos y condiciones previstos en este Decreto, a las importaciones definitivas de bienes muebles corporales, realizadas por las personas jurídicas cuya razón social sea el ensamblaje de vehículos automotores, destinadas exclusivamente a la producción de unidades de vehículos en el Territorio Nacional, de los códigos del arancel de aduanas que en él se indican.
- Decreto N° 3.458, mediante el cual se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado, Impuesto de Importación y Tasa por Determinación del régimen aduanero, en los términos y condiciones previstos en este Decreto, a la importación definitiva de los bienes muebles corporales realizada por los Órganos o Entes de la Administración Pública Nacional, destinados a la atención alimentaria de la población venezolana que en él se indican.
- Decreto N° 3.553, mediante el cual se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado, Impuestos de Importación y Tasa por determinación del régimen aduanero, en los términos y condiciones previstos en este Decreto, a las importaciones definitivas de bienes muebles corporales realizadas por los Órganos y Entes de la Administración Pública Nacional, destinados a cubrir la demanda de Útiles Escolares para la temporada escolar 2018-2019 que en él se indican.
- Decreto N° 4.908, mediante el cual se exonera del Impuesto al Valor Agregado y de los Impuestos de Importación, a las importaciones que en él se especifican.
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Exoneran temporalmente del pago del Impuesto de Importación, IVA y Tasa por Determinación del Régimen Aduanero a determinadas mercancías y sectores
Durante el año 2019 y 2020 fueron promulgadas algunas regulaciones en materia de importaciones, con intención de incentivarlas. En tal sentido, el 29 de diciembre de 2020 fue dictado por el Ejecutivo Nacional, el Decreto No. 4.412, publicado en la Gaceta Oficial No. 6.608 Extraordinario, del 29 de diciembre de 2020, mediante el cual se establecen exoneraciones del Impuesto de importación,...
¿En qué consiste el nuevo beneficio fiscal y cuál es su plazo de vigencia? El decreto exonera, hasta el 30 de abril de 2021, el pago del Impuesto de Importación, el IVA y la Tasa por determinación del Régimen Aduanero, a las importaciones definitiva... - Decreto No 4.579, mediante el cual se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado, Impuesto de Importación y Tasa por determinación del régimen aduanero, en los términos y condiciones previstos en este Decreto, a las operaciones de importación definitiva de bienes muebles corporales realizadas por el Consejo Nacional Electoral (CNE), así como las ventas nacionales de bienes muebles corporales que se efectúen a dicho Órgano, estrictamente necesarias para la realización de los procesos electorales, que en él se señalan
- Vigente Ley Orgánica de Aduanas
- Decreto Nº 4.454, mediante el cual se exonera hasta el 17 de marzo de 2021, del pago del Impuesto al Valor Agregado, Impuesto de Importación y la Tasa por Determinación del Régimen Aduanero, en los términos y condiciones previstos en este Decreto, a las importaciones definitivas de bienes muebles corporales, nuevos o usados, en cuanto sea aplicable, realizadas por los órganos y entes de la Administración Pública Nacional, así como las realizadas con recursos propios, por las naturales o jurídicas, clasificados en los códigos él se especifican
- Decreto Nº 4.220, mediante el cual se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado, Impuesto de Importación y Tasa por Determinación del Régimen Aduanero, así como cualquier otro impuesto o tasa aplicable de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente, en los términos y condiciones establecidos en este Decreto, a las importaciones definitivas y las ventas realizadas en el territorio nacional, de combustibles derivados de hidrocarburos, así como los insumos y aditivos destinados al mejoramiento de la calidad de la gasolina, realizadas por el Estado directamente, o por empresas de su exclusiva propiedad, o por empresas mixtas con participación del capital estatal y privado en cualquier proporción y por empresas privadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos
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Ejecutivo decreta determinadas exoneraciones del pago del IVA, del Impuesto de Importación y de la Tasa de Determinación del Régimen Aduanero
En Gaceta Oficial No. 6.497 Extraordinario del 26 de diciembre de 2019, fue publicado el Decreto No. 4.080, mediante el cual se exonera hasta el 30 de junio de 2020 el pago de Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto de Importación y la tasa por Determinación del Régimen Aduanero a las importaciones de bienes muebles corporales, nuevos o usados, realizadas por los órganos y entes de...
A través de este Decreto se han reunido en un solo instrumento jurídico los códigos arancelarios que, a partir de ahora, gozarán de la exoneración, habiendo sido suprimido el beneficio para 5.239 ítems que se encontraban incluidos en la Resolución ... - Decreto N° 2.394, mediante el cual se exoneran del pago del Impuesto al Valor Agregado, Impuesto de Importación y de la Tasa por Servicios Aduaneros, en los términos y condiciones previstos en este Decreto, a las importaciones definitivas de los bienes muebles corporales, realizadas por los Órganos o Entes de la Administración Pública Nacional y por las personas jurídicas, públicas y privadas, independientemente de las actividades a las que se dediquen, destinados exclusivamente para la construcción, reparación, restauración, acondicionamiento, mejora y/o mantenimiento de viviendas dignas o la ejecución de demoliciones dentro del Marco del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Emergencia para Terrenos y Vivienda, Gran Misión Vivienda Venezuela y la Gran Misión Barrio Nuevo Barrio Tricolor
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Decreto No 4.684, mediante el cual se dicta Reforma Parcial del Decreto N° 2.647 de fecha 30 de diciembre de 2016, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.281 Extraordinario de la misma fecha
... exonerar el impuesto al valor agregado, a Ia importación de. Bienes de Capital originarios ...