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EL DEMANDANTE", y demás disposiciones de derecho privado vigentes en materia laboral y de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo, así como también lo previsto en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, los artículos 1.185, 1.193 al 1.196 y 1.273 del Código Civil, y por ningún otro respecto. Especialmente los conceptos contenidos en el Capítulo I, "Alegatos de "EL DEMANDANTE", plasmados en esta acta de transacción, entre "EL DEMANDANTE" y "LA EMPRESA". "EL DEMANDANTE", igualmente declara que nada queda deberle a "LA EMPRESA", por cualquier daño o perjuicio que haya podido sufrir. En tal sentido, "EL DEMANDANTE", le otorga a "LA EMPRESA", un total y definitivo finiquito en materia laboral, civil y mercantil y por cualquier otro concepto. Igualm...
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Con vista a la solicitud de entrega material del inmueble de conserjería por finiquito laboral, presentada por la JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO RESIDENCIAS EL SOMBRERO, en contra del ciudadano MANUEL ALEXANDER PÁEZ GUERRERO, cédula de identidad NºV-11.048.756; este Tribunal una vez observadas y analizadas las actas procesales, evidencia que en fecha treinta (30) de octubre de 2012, la parte Actora debidamente asistido por profesional del derecho, solicitó que este Tribunal declare la falta de jurisdicción, a cuyos efectos este Tribunal revisa las actas procesales y observa: Primero: En fecha 10 de mayo de 2012, este Tribunal dio por recibido el presente asunto y en fecha 11 de mayo de 2012, ordenó Despacho Saneador a la parte Actora, en los siguientes términos: "se abstiene de admiti...
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DEL ACUERDO QUINTO: Con la finalidad de dar por terminado este juicio en forma definitiva, precaver cualquier litigio futuro, "LA DEMANDANTE" convienen, aceptan, reciben y reconocen el pago antes descrito por la cantidad transaccional acordada en la Cláusula anterior, de este documento y de cualquier acción en contra de las sociedades de comercio que conforman el CONSORCIO G & O, , ya que reconocen que están satisfechos sus peticiones.- SEXTO: "LA DEMANDANTE" declaran su total conformidad con la presente transacción y reconoce que "LA ENTIDAD DE TRABAJO" nada más le quedan a deber por ningún concepto relacionado con las relaciones que existieran entre las partes y su terminación, y asimismo reconocen y aceptan que el pago aquí convenido constituye un finiquito total y definitivo, tanto ...
...74.148 . MOTIVO: ACCIDENTE LABORAL . SENTENCIA. . En horas de despacho del día de ho...
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Por las motivaciones que anteceden, este TRIBUNAL TRIGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos de índole laboral incoase la ciudadana YENMERY ELIZA MATERAN HERNANDEZ en contra de la demandada SEGURIDAD VIP. 3000 CA., y así, condena a ésta al pago de la cantidad de Bs. F 4.670,25 suma esta que se le debe descontar la cantidad Bs. F 1.650,00, por cuanto fue alegado por la representación constituida en juicio de la parte actora en diligencia de fecha 12- de julio del año 2010 - folio 19 y 20 - ...
... mediante la cual consigna copia de finiquito laboral por un monto de total de Bs., F 1.650,00 ,...
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Especialmente los conceptos contenidos en el Capítulo I, "Alegatos de el Extrabajador", plasmados en esta acta de transacción, entre "EL EXTRABAJADOR" y "LA EMPRESA", y demás disposiciones de derecho privado vigentes en materia laboral y de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo, así como también lo previsto en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, los artículos 1.185, 1.193 al 1.196 y 1.273 del Código Civil, y por ningún otro respecto. " EL EXTRABAJADOR", igualmente declara que nada queda deberle a "LA EMPRESA", sus subsidiarias, filiales o relacionadas por cualquier daño o perjuicio que haya podido sufrir como consecuencia de la supuesta enfermedad que padece. En tal sentido, "EL EXTRABAJADOR", le otorga a "LA EMPRESA", un total y definiti...
... lo que le otorga un total y definitivo finiquito. . OCTAVA: “EL EXTRABAJADOR”, declara que nada...
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En nombre de mí representado declaro recibir en este acto el cheque anteriormente identificado; e igualmente declaro que nada queda a deber la empresa demandada, en virtud de la relación laboral que existió; en consecuencia se le extiende el más amplio finiquito de Ley, es todo. Se deja constancia que se le hace entrega a las partes de las pruebas promovidas al inicio de la Audiencia Preliminar. LA JUEZ NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ LA SECRETARIA MARÍA V. DÁVILA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
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En virtud de esta transacción, por haber recibido el pago total correspondiente a la cantidad acordada por LAS PARTES y por cuanto la finalidad de la presente transacción es dar por terminado el presente litigio y precaver y evitar litigios eventuales y futuros por vía administrativa o judicial, el ciudadano JUAN BERMUDEZ, se compromete expresamente a no intentar contra KRAFT FOODS VENEZUELA, C.A., ni contra alguno de sus directivos o principales ni por si, ni por intermedia persona, ninguna acción, reclamo pedimento o demanda de ninguna naturaleza, civil, mercantil, laboral y/o penal, por los conceptos discriminados e indicados en la presente transacción ni por ningún otro concepto, sobre los cuales otorga un cabal y absoluto finiquito. DECIMO SEGUNDO: Ambas partes convienen en atribui...
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En tal sentido, "EL EXTRABAJADOR", le otorga a "LA EMPRESA", un total y definitivo finiquito en materia laboral, penal, civil y mercantil y por cualquier otro concepto. Igualmente " EL EXTRABAJADOR", y "LA EMPRESA", declaran expresamente que en la presente transacción judicial tienen voluntad de transar, y por lo tanto, clarividencia en el querer (conocen lo que les conviene), en consecuencia, su voluntad de transar la hacen libre de violencia y sin errores en el consentimiento, con clara apreciación de la realidad. DECIMA: En virtud de la presente transacción, las partes declaran que nada más tienen que reclamarse entre sí por los conceptos derivados de la supuesta enfermedad ocupacional sufrida por "EL EXTRABAJADOR", sus prestaciones sociales y demás indemnizaciones laborales con ocas...
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Especialmente los conceptos contenidos en el Capítulo I, "Alegatos de el Extrabajador", plasmados en esta acta de transacción, entre "EL EXTRABAJADOR" y "LA EMPRESA", y demás disposiciones de derecho privado vigentes en materia laboral y de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo, así como también lo previsto en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, los artículos 1.185, 1.193 al 1.196 y 1.273 del Código Civil, y por ningún otro respecto. " EL EXTRABAJADOR", igualmente declara que nada queda deberle a "LA EMPRESA", sus subsidiarias, filiales o relacionadas por cualquier daño o perjuicio que haya podido sufrir como consecuencia de la supuesta enfermedad que padece. En tal sentido, "EL EXTRABAJADOR", le otorga a "LA EMPRESA", un total y definiti...
... lo que le otorga un total y definitivo finiquito. . NOVENA: “EL EXTRABAJADOR”, declara que nada...
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Como consecuencia de la presente transacción, las partes se otorgan formal finiquito por la relación laboral preexistente y solicitan al Tribunal la HOMOLOGACIÓN de la presente transacción judicial laboral y el correspondiente ARCHIVO del expediente N° AP21-L-2007-004369 de la nomenclatura que lleva el Tribunal Trigésimo Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. Es todo". Este Tribunal en consecuencia, al verificar en efecto que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por CONCLUIDO EL PROCESO y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, DÁN...