familia origen venezolana

  • Recibir alertas:
  • por email
    Sus datos serán incorporados a un fichero automatizado con el objeto exclusivo de dar respuesta a su suscripción. Dicho fichero es de titularidad exclusiva de vLex Networks, S.L. y no será cedido a un tercero en ningún caso. El envío de su solicitud significa una aceptación de la Política de Protección de Datos de vLex Networks, S.L.
  • por RSS

Más de 10.000 documentos para familia origen venezolana
  • Se decreta Medida de Colocación Familiar en Familia de Origen a favor de la niña (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), venezolana, de cuatro (04), años de edad, a ser Ejecutada en el hogar de la ciudadana Ana Rosa Hernández.

  • Se Deckara con lugar, la Medida de Colocación Familiar en Familia de origen, a favor de la niña (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), venezolana, de dos (02) años de edad, a ser ejecutada en el hogar de la ciudadana Carolina Baldallo Chavez.

  • Esta Juzgadora, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY RESUELVE: PRIMERO: Se dicta medida provisional de inserción de la niña ...................., en familia de origen ampliada, en el hogar de su abuela paterna Huga Carache, venezolana , casada, mayor de edad , domiciliada en Barrio Poco a Poco, Calle Páez , casa sin Número, de San Carlos , estado Cojedes, en consecuencia se le asigna la custodia de la niña, su manutención y se le expedirá su correspondiente acreditación para que la represente ante las autoridades administrativas , de salud y escolares. SEGUNDO: Se ordena a la madre Johana Navas, continuar asistiendo a la Terapias Familiares en Prevención del Delito y consignar en el expediente el informe respectivo de evoluc...

  • declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de MEDIDA DE PROTECCION bajo la modalidad de COLOCACIÓN FAMILIAR, con lo cual se reinserta el niño de autos a su familia de origen ampliada, en la persona de su tía la ciudadana OBDULIA MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad de identidad N° 6.718.248, residenciada en la carrera 24 entre 8 y 14, casa Nº 15-04, sector San José, Yaritagua, municipio Peña del estado Yaracuy, por demanda presentada por el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del municipio Peña del estado Yaracuy, en beneficio del niño (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), en contra de la ciudadana AURA MIGDALIA VASQUEZ PARADA, venezolana, mayor de eda...

  • ....declara: CON LUGAR la demanda incoada por la FISCAL XI DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, en beneficio del niño IDENTIDAD OMITIDAL, de seis (06) años de edad, en consecuencia se DECRETA: PRIMERO: la INTEGRACIÓN y PERMANENCIA del niño IDENTIDAD OMITIDA, de seis (06) años de edad, en el hogar de su abuela paterna, ciudadana, IDENTIDAD OMITIDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° IDENTIDAD OMITIDA, parte integrante de la familia de origen extensa en segundo grado de consanguinidad, quien deberá garantizarle todos los derechos inherentes a la salud, cuidado, desarrollo, protección y educación integral, así como representarlos ante la instituciones educativas y de salud, ejerciendo su representación ante organismos públicos y privados, p...

  • Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, actuando en atención al interés superior del niño SE OMITE NOMBRE, de seis (06) años de edad, previsto en el literal a) y e) del artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve: PRIMERO: Se Revoca la Medida dictada en sede administrativa, en fecha 18/08/2006 la cual se mantuvo por la extinta sala de juicio Nº 03, en auto de admisión de fecha: 27/09/2006. SEGUNDO: Reintegrar al niño SE OMITE NOMBRE, de seis (06) año...

    ...: Delia Tibisay García de Carmona, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad.... MOTIVO: Colocación Familiar. . SENTENCIA: Interlocutoria . II . BREVE RELACION... y sea reintegrado al niño a su familia de origen. . En este sentido establece el Legislador en el a...

  • Una vez escuchados los alegatos de las partes, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, procederá a dictar el dispositivo del fallo de la siguiente manera: actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Medida de Protección COLOCACION FAMILIAR solicitada, a favor del niño (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) la cual se va a ejecutar en familia extendida, quedando bajo la Responsabilidad de Crianza y Custodia de su abuela materna la ciudadana SARA ROSA RIVERO, venezolana, mayor de...

    ... desarrollarse en el seno de su familia de origen. Cuando ello sea imposible o contrario a su inter...

  • ...PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de MEDIDA DE PROTECCIÓN (COLOCACIÓN EN ENTIDAD DE ATENCIÓN), incoado el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda, al no existir amenaza o lesión a los derechos del adolescentes, IDENTIDAD OMITIDA, de diez y seis (16) años de edad, no estando satisfechos los extremos legales exigidos en el artículo 125 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; SEGUNDO: A los fines de preservar la integridad de sus derechos, SE DECRETA la REINTEGRACIÓN DEFINITIVA del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, a su familia de origen, concretamente con su madre, ciudadana, INGRID PEREZ SALOMON, venezolana, mayor de edad, titular de las cédulas de identidad Nº IDENTIDAD OMITIDA; en conse...

  • este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, en uso de sus atribuciones legales y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA, de conformidad con los artículos 125, 126, literal "I", 128 y 466, parágrafo Primero literal E, ejusdem, DECRETA DE MANERA PROVISIONAL LA COLOCACION FAMILIAR, en Familia de Origen extendida de (XXX), hijo de la hoy difunta YONOASKUI YERALDIN CHALO CAPASSO, venezolana mayor de edad, cedula de identidad Nº V.- 19.141.632, la cual se va ejecutar en el hogar de su abuela materna, ciudadana SILVIA COROMOTO CAPASSO ALMEIDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V...

  • ...DECRETA: PRIMERO: la INTEGRACIÓN y PERMANENCIA de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de diecisiete (17) años de edad, en el hogar de su abuela materna, ciudadana, IDENTIDAD OMITIDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° IDENTIDAD OMITIDA, parte integrante de la familia de origen extensa en segundo grado de consanguinidad, quien deberá garantizarle todos los derechos inherentes a la salud, cuidado, desarrollo, protección y educación integral, así como representarlos ante la instituciones educativas y de salud, ejerciendo su representación ante organismos públicos y privados, para ello la adolescente convivirá en el hogar constituido por ésta. SEGUNDO: Se revoca la medida preventiva de Colocación Provisional, dictada en fecha 14 de Febrero de 2011, por el Tribu...

ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2013, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex Venezuela

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía