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  • DECISIÓN Por las razones expuestas, este Tribunal de Control Nº 1 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela acuerda: Primero: Hacer la ENTREGA del vehículo antes identificado EN CALIDAD DE DEPÓSITO de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, Abogado Rubén Darío Dorante, apoderado del ciudadano Ranzes Jose Lara Peralta, titular de la cedula de identidad Nº V- 12.852.646. Segundo: Oficiar al Estacionamiento LA CONCORDIA que por decisión de esta misma fecha se acordó la entrega del vehículo MARCA: JEEP, MODELO: GRAND CHEROKEE, COLOR: PLATA, TIPO: SPORT WAGON, PLACAS: JAC-16F, AÑO: 2007, SERIAL DE CARROCERIA: 8Y4HX58N672184346, SERIAL DE MOTOR: 8 CILINDROS, al mencionado ciudadano en calidad de depósito. Se ordeno ...

    ...Se ordeno el desglose y la entrega de los documentos originales. Notifí...

  • Por las razones expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, le imparte su homologación al desistimiento realizado por el abogado Oscar Alberto Torres Lozano, titular de la cédula de identidad N° V-11.494.347 e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 68.147, actuando con el carácter de co-apoderado judicial de la ciudadana JANETH COROMOTO VARGAS NAVARRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-6.003.942, domiciliada en Caracas y hábil. Se ordena realizar el desglose de los folios 04; 09 y 10 del presente expediente, dejando en su lugar copia fotostática certificada de los mismos. Se insta a la parte solicitante a consignar las copias respectivas, a los fines de reali...

  • En base a las consideraciones precedentemente realizadas, se ordenara el desglose del escrito presentado así como los recaudos anexos y remitirlos a la Unidad antes señalada, para que el Tribunal al cual le corresponda proceda a pronunciarse sobre la admisión de la demanda que por fraude procesal fue interpuesta por los abogados NELSON ROJAS VILLEGAS y ALBERTO PALMEGIANI CARTELLE, en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO VELASQUEZ ALGARRA y ROSARIO de VELASQUEZ.

  • D E C I S I O N En merito de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y Por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGADO el Desistimiento de la Acción y del procedimiento efectuado por la Abogada Louisiana Valles Sinopoli; en su carácter de Apoderada Judicial de la Firma Mercantil TRANSPORTE MAVAREZ, C.A., parte demandante de autos, en consecuencia se le da el carácter de Cosa Juzgada y se da por terminado el presente procedimiento, ordenando el archivo del expediente. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo. Se ordena el De...

    ...Asimismo solicita el desglose de los documentos anexos al libelo de la demanda. ...

  • Por las razones que fueron expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, (Bienes) y Contencioso Administrativo del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara: Primero: Impartirle Homologación al Desistimiento efectuado en el presente recurso, el cual alcanza sólo el procedimiento conforme a lo explanado en la motiva del presente fallo. Publíquese, notifíquese.y regístrese, déjese copia.- Segundo: Se ordena del desglose de los Originales solicitados, para su devolución, previa certificación en autos, dejando en su lugar copias certificadas. Tercero: Se ordena el archivo del presente expediente, en su oportunidad correspondiente.-

  • D E C I S I O N En merito de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y Por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGADO el Desistimiento del Procedimiento efectuado por el ciudadano Alexander Adolfo Lugo, con el carácter de autos, debidamente asistido por la Abogada Carla Perozo, parte demandante de autos, en consecuencia se le da el carácter de Cosa Juzgada y se da por terminado el presente procedimiento, ordenando el archivo del expediente. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo. Se ordena el Desglose de los recaudos con...

  • En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: RECONOCIDO EL TESTAMENTO realizado por la ciudadana IDALIDES BOSSIO ESPINOZA, quien es venezolana, mayor de edad, viuda, Enfermera Profesional Graduada, titular de la cédula de identidad número V-5.713.585, en el cual instituyó como heredero a su nieto EVERETT JOSÉ SALAZAR MORLES, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.893.388, de este domicilio, le imparte su aprobación y ordena expedir copia certificada de las disposiciones testamentarias; igualmente ordena se desglose ...

  • En consecuencia, se ordena el desglose de la Acusación Fiscal y los adjuntos que le acompañan, a fin de ser devueltos a la Fiscalía Vigésima Segunda del Ministerio Público, con copias certificadas del Decreto del Archivo Judicial y del presente auto, las cuales se acuerda expedir por secretaria. Déjese inserto al expediente la Boleta de Notificación de la Omisión Fiscal, recibida en fecha 25-03-2010 por la Fiscalía 22° del Ministerio Público, y expídase copia certificada de la misma para ser devuelta conjuntamente con los documentos adjuntos de la acusación. Cúmplase. Notifíquese a las partes.

  • DISPOSITIVA Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda PRIMERO: La entrega en GUARDA Y CUSTODIA, al ciudadano WILLIAMS REINALDO VALDES, Venezolano, mayo de edad, soltero, pintor, titular de la cedula de identidad N° 15.703.328, domiciliado en el sector la Velita 4, avenida 2, casa # 12, Coro Estado Falcón, del vehiculo que presenta las siguientes características: MARCA: CHEVROLET, CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SEDAN, COLOR: AZUL, PLACAS: RAY-708, USO: PARTICULAR, AÑO: 1983, SERIAL DE CARROCERÍA: D1W69AEV30302, SERIAL DE MOTOR: T0330VT. SEGUNDO: Oficiar al Comandante de la Guardia Nacional Bolivariana, Destacamento 44, primera compañía adscrito al puesto de Carar...

    ...TERCERO: Se ordena el desglose del expediente y se acuerda entregar la documentac...

  • Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, por lo expuesto, considera esta instancia Superior, que esta incidencia que fue tramitada como una recusación sin serlo, debe ser devuelta al Tribunal que conoce la causa , a los fines de que sea remitido a la Presidencia de este Circuito Judicial Penal, el escrito que origino este cuaderno separado luego de su desglose, el cual esta inserto a los folios 2, 3 y 4 de este asunto, para que desde ese órgano Administrativo se analice su contenido, ya que tramitar esta incidencia como una recusación sería violentar normas procesales que son de orden público y que no pueden ser relajadas entre las partes, y así se decide.

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