Comportamiento social

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  • DISPOSITIVA Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, CONCEDE PERMISO ORDINARIO DE (48) HORAS AL RESIDENTE, YOHANDI JOSE FIGUEROA NOGUERA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.227.063. Para pernoctar en la siguiente dirección: "Calle 11 A, entre Carreras 13 y 14, Casa Nº 13-49, Sector los Luises Barquisimeto, Estado Lara". Se le impone al residente darle uso favorable y adecuado al comportamiento individual, comunal y social, deberá mantenerse en su lugar de residencia, no consumir bebidas alcohólicas, no portar armas, evitar andar en altas horas de la noch...

  • Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, CONCEDE PERMISO ORDINARIO DE (48) HORAS AL RESIDENTE, JOSE ANTONIO MORENO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.854.199. Para pernoctar en la siguiente dirección: "Veragacha Sector Guacabra, al lado del hotel Las Colinas, Calle Principal, Estado Lara" Se le impone al residente darle uso favorable y adecuado al comportamiento individual, comunal y social, deberá mantenerse en su lugar de residencia, no consumir bebidas alcohólicas, no portar armas, evitar andar en altas horas de la noche y en sitios prohibidos (ni fi...

  • DISPOSITIVA Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, CONCEDE PERMISO ORDINARIO DE (48) HORAS AL RESIDENTE, MIGUEL JOSÉ PÉREZ ALVARADO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.196.479. Para pernoctar en la siguiente dirección: "Caserío Santa Rita LLL, Sector Nº 3, El Tocuyo, Estado Lara". Se le impone al residente darle uso favorable y adecuado al comportamiento individual, comunal y social, deberá mantenerse en su lugar de residencia, no consumir bebidas alcohólicas, no portar armas, evitar andar en altas horas de la noche y en sitios prohibidos (ni fiestas, ...

  • DISPOSITIVA Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONCEDE PERMISO ORDINARIO DE (48) horas a favor del penado LUCENA BETANCOURT RAMON ALCIDES, por lo que deberá pernoctar EN MANZANAL, debiendo darle un uso favorable y adecuado por su comportamiento individual, comunal y social; debe cumplir las siguientes condiciones: Mantenerse en su lugar de residencia; no consumir bebidas alcohólicas y psicotrópicas, no portar armas, no andar en altas horas de la noche y en sitios prohibidos (fiestas, locales nocturnos, ferias, bazares, discotecas o locales donde expendan bebidas alcohólicas, fiestas patronales; mantenerse con su grupo ...

  • DISPOSITIVA Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, CONCEDE PERMISO ORDINARIO DE (48) HORAS AL RESIDENTE, ALEXANDER JOSE PIÑA, Para pernoctar en la siguiente dirección: "se omite." Se le impone al residente darle uso favorable y adecuado al comportamiento individual, comunal y social, deberá mantenerse en su lugar de residencia, no consumir bebidas alcohólicas, no portar armas, evitar andar en altas horas de la noche y en sitios prohibidos (ni fiestas, ni locales nocturnos, ni ferias, bazares, discotecas o locales donde expendan bebidas alcohólicas, fiestas pa...

  • Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONCEDE PERMISO ORDINARIO DE (48) horas a favor del penado CARUCI JESUS MANUEL, titular de la Cédula de Identidad {......}., por lo que deberá pernoctar EN {......}, debiendo darle un uso favorable y adecuado por su comportamiento individual, comunal y social; debe cumplir las siguientes condiciones: Mantenerse en su lugar de residencia; no consumir bebidas alcohólicas y psicotrópicas, no portar armas, no andar en altas horas de la noche y en sitios prohibidos (fiestas, locales nocturnos, ferias, bazares, discotecas o locales donde expendan bebidas alcohólicas, fiestas patronales; man...

  • Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, CONCEDE PERMISO ORDINARIO DE (48) HORAS AL RESIDENTE, JUNIOR ALEXANDER CORDERO SEQUERA, {........}. Para pernoctar en la siguiente dirección: {........} Se le impone al residente darle uso favorable y adecuado al comportamiento individual, comunal y social, deberá mantenerse en su lugar de residencia, no consumir bebidas alcohólicas, no portar armas, evitar andar en altas horas de la noche y en sitios prohibidos (ni fiestas, ni locales nocturnos, ni ferias, bazares, discotecas o locales donde expendan bebidas alcohólicas...

  • /Este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, CONCEDE PERMISO ORDINARIO DE (48) HORAS al residente, OSWALDO ANONIO VARGAS NAVAS." SE LE IMPONE al residente darle uso favorable y adecuado al comportamiento individual, comunal y social, deberá mantenerse en su lugar de residencia, no consumir bebidas alcohólicas, no portar armas, evitar andar en altas horas de la noche y en sitios prohibidos (ni fiestas, ni locales nocturnos, ni ferias, bazares, discotecas o locales donde expendan bebidas alcohólicas, fiestas patronales y eventos públicos, entre otros). Permiso que es para el disfrute con su grupo f...

  • Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, CONCEDE PERMISO ORDINARIO DE (48) HORAS AL RESIDENTE, JOSE LUIS VARGAS JOSE LUIS, {......}. Para pernoctar en la siguiente dirección: "Calle 5, Casa s/n del sector la Vaquera, Barrio el Jebe, Parroquia Catedral, Municipio Iribarren, Estado-Lara." Se le impone al residente darle uso favorable y adecuado al comportamiento individual, comunal y social, deberá mantenerse en su lugar de residencia, no consumir bebidas alcohólicas, no portar armas, evitar andar en altas horas de la noche y en sitios prohibidos (ni fiestas, ni ...

  • DISPOSITIVA Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, CONCEDE PERMISO ORDINARIO DE (48) HORAS al residente, JOSE LUIS PINEDA RODRIGUEZ, SE LE IMPONE al residente darle uso favorable y adecuado al comportamiento individual, comunal y social, deberá mantenerse en su lugar de residencia, no consumir bebidas alcohólicas, no portar armas, evitar andar en altas horas de la noche y en sitios prohibidos (ni fiestas, ni locales nocturnos, ni ferias, bazares, discotecas o locales donde expendan bebidas alcohólicas, fiestas patronales y eventos públicos, entre otros). Perm...

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