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Este Juzgado , DECLARA IMPROCEDENTE LA DEMANDA incoada por el ciudadano Abg. RAFAEL ARCANGEL MORA MORA, titular de la cédula de identidad No. 3.296.161, Inpreabogado No. 24.389, domiciliado en el Vigía Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, actuando en su propio nombre como acreedor de la letra de cambio instrumento fundamental de la demanda; por COBRO DE BOLIVARES POR EL PROCEDIMIENTO DE INTIMACION, contra la ciudadana CARMEN UZCATEGUI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.202.244, domiciliada en el Salado, parte baja, Ejido, Municipio Campo Elías del Estado Mérida. En consecuencia, no se condena a la parte demandada ciudadana CARMEN UZCATEGUI, ya identificada, a pagar a la parte actora Abg. RAFAEL ARCANGEL MORA MORA, ya identificada, los conceptos e...
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CAPITULO III PARTE DISPOSITIVA DE LA SENTENCIA En mérito de las consideraciones realizadas en los capítulos anteriores, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 26, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda intentada por PABLO LEON MOLINA CHACON venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.639.343, domiciliado en San Juan de Colón, Estado Táchira en su condición de acreedor y tenedor legitimo de la letra de camb...
... a título de beneficiario de una letra de cambio por la suma de VEINTICUATRO MIL BOLIVARES (Bs. 24....
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PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 14 de diciembre de 2005, por la coapoderada judicial de la parte demandada, abogada DUNIA CHIRINOS LAGUNA, contra la decisión de fecha 24 de noviembre de 2005, dictada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en El Vigía. SEGUNDO: Se MODIFICA la sentencia recurrida, de fecha 24 de noviembre de 2005, dictada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en El Vigía. TERCERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de bolívares interpuesta por los abogados LUZ MARINA VILLASMIL MORALES y RICAUDRYS CAMARILLO FLORES, en su condición de apoderados judici...
... COROMOTO AVENDAÑO ROSALES, una letra de cambio signada con el Nº 1/1, por la cantidad de ONCE MI... de cambio directamente a favor de su acreedor, Sociedad Mercantil MONTREAL VENEZUELA, C.A., y po...
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PRIMERO: CON LUGAR, la demanda intentada por LUIS ALBERTO FERRER GUTIERREZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.792.857, domiciliado en San Cristóbal, Estado Táchira en su condición de acreedor y tenedor legitimo de la letra de cambio CONTRA FLOR DE MARIA URREA MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad No. V-3.997.710.divorciada, de este domicilio y hábil, por COBRO DE BOLIVARES INTIMACIÓN. SEGUNDO: SE CONDENA, a las parte demandada al pago de las siguientes sumas de dinero: 1) CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 5.000.000,oo), por concepto del monto estipulado en la letra de cambio. Así mismo se acuerda Indexación Monetaria de acuerdo a los índices de precios al consumidor (IPC) del área metropolitana de Caracas, establecido por e...
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... hacer, colectivamente, en pos de un cambio” (Cfr. Gargarella, Roberto. El Nuevo Constitucional... 1850), accedió a compensar a los acreedores, tanto británicos como nacionales, con bonos del ...
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PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por MANUEL AUGUSTO TRUJILLO ARCHILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.993.447, domiciliado en San Cristóbal, Estado Táchira en su condición de acreedor y tenedor legitimo de la letra de cambio contra VELAS Y VELONES LA CONSOLACION COMPAÑÍA ANÓNIMA, sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción judicial del Estado Táchira en fecha 21 de Agosto de 2000, bajo el No 21, tomo 10-A en su carácter de Librada aceptante representada por su PRESIDENTE: ALVARO JESUS LLANES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad No. V-5.687.199 y contra el ciudadano LUIS ANTONIO SOMAZA BARRIENTOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad No. V-1.52...
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En el caso de autos, la parte demandante solicita la corrección monetaria, para el caso en que se prolongue el procedimiento judicial, entendiéndose que esta prolongación sea posterior a la fecha en la cual deba decidirse el mismo, sin que el Tribunal lo haya hecho y que por lo tanto se le cause un perjuicio al accionante quien aspira una respuesta oportuna del órgano jurisdiccional, y cuya pretensión no podría ser satisfecha, por la pérdida del valor adquisitivo de la moneda, no pudiendo considerarse en el presente caso, en el cual los lapsos procesales se han llevado a cabalidad y la sentencia ha sido pronunciada en el octavo día del lapso de sesenta días, que tiene el Tribunal para sentenciar, y en consecuencia, no puede considerar este juzgador, que la actora ha sufrido un perjuicio...
... del vencimiento de la letra de cambio…” . De igual manera se observa del libelo de demanda... que se deba equilibrar el patrimonio del acreedor, ante la falta de pago de la letra de cambio, y en...
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JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Cuatro de Diciembre de Dos Mil Nueve.- 199º y 150º Por recibido el anterior libelo de demanda junto con lo recaudos acompañados, fórmese expediente, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Vista la demanda propuesta por el abogado NOEL RODRIGUEZ YANEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 3.697.210, Inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 16.980, de este domicilio y hábil, en su condición de portador legitimo, a titulo de acreedor de una LETRA DE CAMBIO, en CONTRA: JOSÉ ALCIBIADES RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 4.468.688, de este domicilio y hábil, POR COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORI...