Articulo 44 de la constitucion de la republica bolivariana de venezuela

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  • DISPOSITIVA En mérito a las razones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 10 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, a los fines de legalizar la detención de los imputados de autos realizada al amparo del artículo 44 numeral 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, DECRETA: Primero: Se declara CON LUGAR la Aprehensión en Flagrancia por cuanto los hechos encuadra en lo establecido con lo establecido en el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal en relación al ciudadano LUCIANO DE DOMENICO RAVAGNOLO, Cédula de Identidad Nº E- 81.870.254, por la presunta comisión de los delitos de TRANSPORTE ILICITO AGRAVADO DE ...

  • Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto conforme a lo establecido en el artículo 374 del Código Orgánico Procesal Penal, por la Representante Auxiliar de la Fiscalía Décima Tercera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, Abogada YENICE DÍAZ, contra la decisión que pronunciara el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, en fecha 29 de Noviembre de 2012, que decretó la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES al ciudadano CESAR ENRIQUE HERMAN, anteriormente identificado, conforme a lo previsto en el artículo 44 ordinal 1 de la constitución de l...

  • Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Primero:resultando por consecuencia, perfectamente procedente la desestimación de la calificación de aprehensión en flagrancia, en base al referido dispositivo y con fundamento en el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Segundo:con fundamento en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y con base al principio de legalidad y lesividad consagrado en el artículo 529 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y ...

  • DISPOSITIVA: Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Justicia de Género, de Control, Audiencias y Medidas número 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE: PRIMERO: Con lugar la flagrancia, de conformidad con el artículo 44, numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por la presunta comisión del delito de Violencia física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: Se acuerda continuar con el procedimiento especial, conforme al artículo 94 de la Ley Orgánica so...

  • Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se califica la flagrancia del hecho por el cual resulto aprehendido el ciudadano JEICKSON DANIEL GALLARDO RODRIGUEZ, por encontrarse llenos los extremos establecidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; en concordancia con lo dispuesto en el artículo 373 eiusdem; todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; lo cual legitima el acto de la detenci...

  • DECLARA: LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena del prenombrado penado, en virtud del cumplimento de la pena PARA LA FECHA 20/09/2011, de conformidad con el artículo 105 del Código Penal Venezolano, en concordancia con el artículo 479, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 44 ordinal 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual se hizo efectiva el día 20/09/2011, Y ASI SE DECIDE

  • PRIMERO: Se acuerda lo solicitado por el Ministerio Público, por lo que se declara la Aprehensión en Flagrancia conforme el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 44 ordinal 1ero de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y la aplicación del procedimiento ordinario conforme al artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. SEGUNDO: Este Tribunal acoge la precalificación establecida por la representante del Ministerio Público, visto que se evidencia del expediente el acta policial de 13/03/2011, donde se evidencia la existencia de un hecho ilícito, el cual, fue precalificado por la representante fiscal como TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el ...

  • Se acuerda ORDEN DE APREHENSIÓN, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 250, 251 ordinal 4º de todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, en concordancia con lo previsto en el ordinal 1° del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

  • DISPOSITIVA. Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: Se decreta la nulidad de la aprehensión en flagrancia del ciudadano: CESAR AMADO PEREZ VIDAL: De nacionalidad venezolana, mayor de edad, soltero, Titular de la Cedula de Identidad Nº 12.069.333, en virtud de que no llena los requisitos establecidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con el artículo 44 ordinal 1º de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, todo conforme a lo establecido en el artículo 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se acuerda librar...

  • Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se califica la flagrancia del hecho por el cual resulto aprehendido el ciudadano MARCOS JOSE MARTINEZ BLANCO, por encontrarse llenos los extremos establecidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; en concordancia con lo dispuesto en el artículo 373 eiusdem; todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; lo cual legitima el acto de la detención del ...

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