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PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la demanda de cobro de Bolívares por el procedimiento de intimación, convertido en ordinario, intentada por MARIA OLGA VALERO DE DURAN y GLORIA LEONOR DURAN DE TAPIAS, a través de apoderados Judiciales contra los ciudadanos GUNDISALVO GARCIA NEGRON, ROSALBA ORTEGA DE GARCIA y JHON ALEXANDER GARCIA ORTEGA, todos suficientemente identificados en autos. SEGUNDO: SE CONDENA a los co demandados GUNDISALVO GARCIA NEGRON, ROSALBA ORTEGA DE GARCIA y JHON ALEXANDER GARCIA ORTEGA, a cancelar a las co demandantes MARIA OLGA VALERO DE DURAN y GLORIA LEONOR DURAN DE TAPIAS, las siguientes cantidades: a) CIENTO VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 120.000,oo) por concepto del capital adeudado y reflejado en el pagaré demandado. b) La cantidad anterior debidamente indexada desde la ...
... de fecha 18 de junio de 2.010, se da admisión a la demanda con la orden de intimación a los co ...
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En fuerza de los razonamientos que anteceden, este JUZGADO SUPERIOR NOVENO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la abogado OLIMAR MENDEZ MUÑOZ, apoderada judicial de CORP BANCA C.A., BANCO UNIVERSAL, contra el auto dictado en fecha 24-03-2011, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se ordena al citado Tribunal dictar nuevo auto de admisión de la demanda de Ejecución de Hipoteca, y en el Decreto Intimatorio se incluya el concepto los conceptos solicitados por la intimante en su e...
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Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda interpuesta por ASOCIACION CIVIL ESPACIO EDUCATIVO SUCRE contra Cooperativa COCONSA 33, resuelto el contrato y se condena a la parte demandada a: PRIMERO: Reintegrar a la parte actora la cantidad de CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN BOLIVARES CON TREINTA Y TRES CENTIMOS (BS. 55.841,33), por concepto del dinero entregado por el contrato de obra. SEGUNDO: Pagar los intereses moratorios generados desde la admisión de la demanda hasta el pago definitivo a la rata del 12% anual. Se con...
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- PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por diferencia de prestaciones sociales, incoada por el ciudadano RAMON MARTINEZ en contra de KOCH-GLITSCH PANTECH C.A (Panamerican Técnica Services, Compañía Anónima). En consecuencia se ordena a la demandada el pago de la cantidad de VEINTIDÓS MILLONES NOVECIENTOS UN MIL NOVECIENTOS DIECISEIS BOLIVARES (Bs.22.901.916,00) por los conceptos señalados anteriormente. 2.- NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS PROCESALES, por cuanto la parte no resulto totalmente vencida en la presente causa, todo de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. 3.- SE ORDENA, la corrección monetaria de las cantidades que en definitiva su pago resulte a cargo de la demandada, por concepto de prestaciones sociales, aplicándoles el índice inflacionario ocurri...
...n con Sede en Punto Fijo, dicto Auto de admisión de demanda el día Dieciséis (16) de Septiembre d...
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Se declara PRIMERO: IMPROCEDENTE la solicitud de declaratoria de inexistencia de la póliza de seguros alegada por la demandada. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE SEGUROS, fuere incoada por el ciudadano JOSÉ ELECTO HERRERA, contra la sociedad mercantil MULTINACIONAL DE SEGUROS C.A. En consecuencia se condena a la demandada a cancelar a la parte actora las siguientes cantidades: a) La cantidad de Bs. 175.600,00 por concepto del monto de la cobertura establecido en el cuadro póliza del vehículo. b) La cantidad de Bs. 900,00 por concepto de indemnización diaria de Bs. 30,00 por un lapso de 30 días prevista en el cuadro póliza y anexo de indemnización. c) Bs. 36.000 por concepto de alquiles de vehícuilo desde el 2-2-2008 hasta el 31-5-2008. TERCER...
... Central de Venezuela, desde la fecha de admisión de la demanda (8-8-2008) hasta la fecha en que que...
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PRIMERO: SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA INTERPUESTA POR el ciudadano JOSE OLIVO LUNA SUAREZ, titular de la cédula de identidad N° V- 5.655.314, en contra del ciudadano BAUTISTA ZAMBRANO VIDAL; titular de la cédula de identidad N° V- 5.677.583; en consecuencia se condena al ciudadano BAUTISTA ZAMBRANO VIDAL, a pagar las siguientes cantidades de dinero al demandante JOSE OLIVO LUNA SUAREZ: PRIMERO: LA SUMA DE DOS MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 2.000.000,00), por concepto de daños materiales, la cual debe ser indexada desde la fecha de la admisión de la demanda, es decir 17 de junio de 2005, hasta que quede firme la presente sentencia. SEGUNDO: A pagar la cantidad de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 10.000.000,00), por concepto de daño moral. TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS...
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Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Admite la solicitud de embargo preventiva, tomando en cuenta la escala antes transcrita, hasta cubrir la cantidad de CINCUENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO BOLÍVARES CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 56.668,75), que es la suma intimada, que comprende los siguientes conceptos: A) La cantidad de CUARENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 45.000,oo), que es la suma adeudada; B) La cantidad de CUATROCIENTOS DIECIOCHO BOLÍVARES CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 418,75), por concepto de intereses moratorios calculados al cinco por ciento ...
... Cabimas del Estado Zulia, parte demandada en el presente juicio, relativo al juicio de COBRO... de la letra hasta el día de admisión de la demanda; C) La cantidad de ONCE MIL DOSCIENT...
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PARCIALMENTE CON LUGAR, la pretensión incoada por el ciudadano JORGE ALBERTO BARBA LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 6.278.353, contra EL COLEGIO DE ABOGADOS DEL ESTADO CARABOBO y condena a esta última a pagar las siguientes cantidades: 1) Diferencia de Antigüedad: Bs. 7.203,90. 2) Indemnización de antigüedad: Bs. 422.406,30. 3) Indemnización de preaviso: Bs. 108.090,00. Se ordena el pago de los intereses generados por la diferencia de prestación de antigüedad (Bs. 7.203,90), a cuyo efecto se ordena experticia complementaria del fallo, la cual se realizará mediante un solo experto nombrado de común acuerdo por las partes y a falta de acuerdo, por el Tribunal, la cual deberá tomar en consideración los parámetros del artículo 108 de las Ley Orgánica de...
...PARTE DEMANDADA: COLEGIO DE ABOGADOS . APODERADO JUDICIAL: ABOGADO... Que la demandada le adeuda los montos y conceptos, que de seguidas se discriminan: . CONCEPTO DIAS S... sociales, desde la fecha de admisión de la demanda hasta la ejecución efectiva del fal...
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Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Admite la solicitud de embargo preventiva, tomando en cuenta la escala antes transcrita, hasta cubrir la cantidad de DIECIOCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. 18.764,56), que es la suma intimada, que comprende los siguientes conceptos: A) La cantidad de QUINCE MIL BOLÍVARES (Bs. 15.000,oo), que es la suma adeudada; B) La cantidad de CATORCE BOLÍVARES CON CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. 14,56), por concepto de intereses moratorios calculados al cinco por ciento 5% anual desde el vencimiento ...
... Cabimas del Estado Zulia, parte demandada en el presente juicio, relativo al juicio de COBRO... del instrumento hasta el día de admisión de la demanda; y C) La cantidad de TRES MIL SETECI...
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III DECISIÓN Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y en vista a la Confesión Ficta en que incurrió la parte demandada, se declara CON LUGAR la pretensión de la parte actora, y en consecuencia ordena; PRIMERO: A la ciudadana DIANA TERESA TOVAR DIAZ, identificada en autos, a pagar al ciudadano THERRY RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 639.380, de este domicilio, la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 1.500.000,oo); SEGUNDO: A pagar la cantidad correspondiente por concepto de los intereses moratorios calculados desde la admisión de la demand...